Preguntas Frecuentes

¿Esta norma deja sin vigencia a la anterior NOM-024-SSA3-2010?:
Si, la NOM-024-SSA3-2012 deja sin vigencia a su versión anterior publicada en 2010.

¿Las opiniones a petición de parte hechas a productos de Expediente Clínico Electrónico ante la NOM-024-SSA3-2010 aún tienen vigencia?:
Ninguna opinión a petición de parte hecha ante dicha versión de la norma tiene vigencia ni validez.

¿Esta nueva versión de la NOM-024-SSA3-2012 aplica a Expedientes Clínicos Electrónicos?:
Sí, la versión 2012 de esta Norma aplica a Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud (SIRES), entre los que se encuentran los Expedientes Clínicos Electrónicos(ECE).

¿La NOM-024-SSA3-2012 regula funciones y funcionalidades de los ECE?:
No, la versión 2012 tiene por objeto regular los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, así como establecer los mecanismos para que los Prestadores de Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud registren, intercambien y consoliden información.

¿Quiénes son los sujetos obligados al cumplimiento de la NOM-024-SSA3-2012?:
Todos los establecimientos que presten servicios de atención médica que formen parte del Sistema Nacional de Salud que adopten un Sistema de Información de Registro Electrónico para la Salud (SIRES), así como aquellas personas físicas o morales que dentro del territorio nacional cuenten indistintamente con los derechos de propiedad, uso, autoría, distribución y/o comercialización de dichos Sistemas.

¿Dónde puedo consultar el procedimiento para certificarse ante la NOM-024-SSA3-2012?:
El procedimiento se encuentra publicado en el siguiente link: Procedimiento de certificación

¿Qué contiene el Paquete Informativo?
El paquete informativo, contiene el formato de solicitud de Certificado, el listado de temas a verificar, el proceso de auditoría y demás documentación e información que se considere relevante para efectos de la Certificación, así como en su caso, el listado de Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas para la NOM-024-SSA3-2012 cuando éstas existan.

¿A quién tengo que dirigir la solicitud del paquete informativo?:
Al “Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez, Director General de Información en Salud”. Se deberá entregar en la recepción de Oficialía de Partes, ubicada en:
Homero No. 213, Planta Baja, Col. Chapultepec Morales, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11570, Ciudad de México, México.

¿Qué formato debe tener la solicitud de paquete informativo?:
No existe un formato predefinido, sin embargo, la solicitud de paquete informativo debe contener el nombre completo del remitente, datos de contacto (correo electrónico, teléfono) y el domicilio del mismo en México, ya que la DGIS responde a este mediante oficio. Si el remitente es fuera de la Ciudad de México, también debe proporcionar el RFC.

¿En cuánto tiempo recibiré respuesta una vez que entregué mi solicitud de paquete informativo?:
En promedio se da respuesta en un periodo no mayor a 5 días hábiles, sin embargo este periodo puede variar de acuerdo a la cantidad de solicitudes en trámite y los tiempos de envíos.

Si tengo varios productos de SIRES para certificar, ¿Tengo que enviar una solicitud de paquete informativo por cada uno?:
No, bastará con enviar una única solicitud de paquete informativo.

Una vez que reciba el paquete informativo, ¿Qué debo hacer?:
Se deberá revisar el contenido del mismo, así como los cuatro aspectos de evaluación de la NOM-024-SSA3-2012 considerados durante el proceso de certificación:

  1. Datos mínimos para la identificación de personas.
  2. Catálogos fundamentales.
  3. Guías de Intercambio de Información.
  4. Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.
Es muy importante, identificar las Guías de Intercambio de Información que le apliquen al tipo de SIRES, para determinar el alcance de la certificación.

¿Dónde puedo descargar las Guías de Intercambio de Información?:
Desde el siguiente link:
http://www.dgis.salud.gob.mx/contenidos/intercambio/iis_guias_gobmx.html

¿Cómo sé que una o más Guías de Intercambio de Información me aplican?:
Como parte de la redacción de cada una de las guías de intercambio de información, se encuentra el apartado “Alcance”, el cual establece aquellas personas, sistemas o dependencias obligadas a implementar dicha guía.

Si una o más Guías de Intercambio de Información me aplican, ¿Qué debo hacer?:
El prestador de servicios de salud o el desarrollador del SIRES deberán implementar como parte de su SIRES las interfaces, catálogos y reglas de negocio que le permitan cumplir con lo establecido en cada una de las guías.

¿Se tiene un ambiente de prueba para validar las Guías de Intercambio de Información en Salud (GIIS)?:
En la sección de referencias de cada una de las guías, se indica si cuenta con herramientas o ambientes de pruebas para validar los archivos de intercambio.
Las guías complementarias no requieren de herramientas de validación.

Si ninguna de las Guías de Intercambio de Información le aplica a mi SIRES, ¿Qué debo hacer?:
Si el tipo de SIRES no se ubica en al menos uno de los escenarios de intercambio de información supuestos en las Guías de Intercambio de Información en Salud publicadas, la NOM-024-SSA3-2012 no le aplica.
La DGIS continuamente publica nuevas Guías de Intercambio de Información, por lo que se deberá consultar regularmente el sitio web de la DGIS para conocer las nuevas publicaciones y determinar si existe una o más guías que le apliquen.

Si mi SIRES intercambia información pero no existe ninguna Guía de Intercambio de Información publicada para ese escenario de intercambio de información, ¿Qué debo hacer?:
La DGIS coordina la elaboración y publicación de las Guías de Intercambio de Información, por lo que su propuesta para la generación de una nueva puede ser entregada a la DGIS, la cual a su vez, evaluará la pertinencia de la elaboración y publicación de la misma.

¿Cómo inicio el trámite de certificación de mi producto o implementación?
Para iniciar el trámite de certificación, se deberá presentar ante la Dirección General de Información en Salud (DGIS) la Solicitud de Certificación debidamente requisitada y firmada; así como, la documentación necesaria en original y copia. Previamente, el interesado deberá solicitar a la DGIS el Paquete Informativo, el cual contiene el formato de Solicitud de Certificación de la norma, el listado de temas a verificar, el proceso de auditoría y demás documentación e información relevante para efectos de la Certificación. Cabe señalar que, no deberán pasar más de 3 meses entre la recepción del paquete informativo y la entrega de la solicitud de certificación.

¿Cuándo debo enviar la solicitud de certificación?:
Cuando el desarrollador del SIRES o el prestador de servicios de salud hayan implementado la totalidad de interfaces, reglas de negocio, catá logos, datos mínimos y sistema de gestión de seguridad de la información requeridos en la NOM-024-SSA3-2012 y cada una de las Guías de Intercambio de Información que le apliquen.
La DGIS o en su momento las unidades de verificación y organismos de certificación, partirán del hecho de que el SIRES está listo para ser evaluado.

¿A quién tengo que dirigir la solicitud de certificación?:
Al “Dr. Christian Arturo Zaragoza Jiménez, Director General de Información en Salud”.

¿Dónde debo entregar mi solicitud de certificación?
Se deberá entregar en la recepción de Oficialía de Partes, ubicada en: Homero No. 213, Planta Baja, Col. Chapultepec Morales, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11570, Ciudad de México, México.

¿Qué documentación debo anexar con la solicitud de Certificación?:
La documentación requerida se encuentra detallada en el paquete informativo, el cual se deberá solicitar a la DGIS. Considerar que se debe entregar copia de la documentación y presentar originales para su cotejo.

¿Qué sucede si no entregué la documentación completa?:
La DGIS después de realizar la revisión documental y en caso de que exista una omisión o se requiera aclaración, enviará al interesado un oficio de prevención detallando claramente las observaciones resultado de la revisión documental, teniendo el interesado 5 días hábiles para solventar lo observado a partir del siguiente día hábil en que surta efecto la prevención.

¿Qué puedo hacer para confirmar que la documentación requerida es la correcta y el alcance de la certificación está bien definido?:
Se deberá solicitar a la DGIS una cita previa a la entrega del oficio de solicitud de certificación para llevar a cabo un cotejo documental; así como para definir el alcance de la certificación del SIRES de acuerdo con el tipo de sistema del que se trate, las guías de intercambio publicadas y su declaración de aplicabilidad.

Una vez que entregué la solicitud de certificación, ¿En cuánto tiempo me dan fecha para llevar a cabo la verificación?:
De acuerdo con el numeral 7.3.3.4 de la NOM-024-SSA3-2012 el plazo máximo para recibir respuesta a la solicitud de certificación es de 60 días hábiles, contados a partir de que se haya presentado la solicitud de forma completa. Una vez cubierto lo anterior, la DGIS o en su momento las unidades de verificación y organismos de certificación, notificarán por escrito al solicitante la fecha programada para llevar a cabo los trabajos de verificación. Lo anterior puede variar dependiendo de la disponibilidad de las instalaciones y equipo auditor de la DGIS.

Previo al proceso de verificación, ¿Qué puedo hacer para comprobar que mi SIRES cumple con las Guías de Intercambio que le son aplicables?:
Una vez que se haya asignado fecha de verificación, el interesado podrá solicitar a la DGIS, una revisión preliminar del SIRES (no exhaustiva), con la finalidad de identificar posibles deficiencias de acuerdo a las GIIS aplicables para que sean corregidas previo al proceso de verificación. Adicionalmente, durante esta revisión se hará una verificación preliminar de la documentación que acredite el cumplimiento con la GIIS del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información en Salud, de acuerdo a lo descrito en el numeral 6.6 de la NOM-024-SSA3-2012.

¿Qué debo preparar para la verificación?:
El solicitante deberá presentarse en las instalaciones de la DGIS con el equipo de cómputo, conexiones de red y eléctricas suficientes para poder generar las condiciones necesarias para que el equipo auditor de la DGIS pueda llevar a cabo los trabajos de verificación.

En cuanto a Seguridad de la Información debe tener en cuenta que una parte de la verificación es documental, por lo que debe preparar aquella documentación que proporcione evidencia sobre el cumplimiento de los controles que le apliquen de acuerdo a la Guía de Sistema de Gestión de Seguridad de la Información en Salud, publicada en:
www.dgis.salud.gob.mx/contenidos/intercambio/gsires_seguridad_gobmx.html

¿Cuántas personas tienen que participar en el proceso de verificación?:
No existe un número mínimo o máximo definido. Sin embargo, es recomendable contar al menos con tres personas para evaluar en forma paralela cada uno de los cuatro diferentes aspectos de evaluación.

Como representante legal ¿Debo estar presente durante la verificación?:
Es obligatoria la participación del responsable de la verificación por parte del solicitante (quien podría ser el mismo representante legal) el primer día de los trabajos de verificación, para llevar a cabo el acto protocolario de inicio formal y el último día de la verificación, para llevar a cabo la clausura formal de la verificación y entrega de resultados y documentación correspondiente; los demás días quedan a su consideración.

¿Cuánto tiempo dura la verificación?:
El tiempo dedicado a los trabajos de verificación depende del alcance de la solicitud de certificación, ya que entre más Guías de Intercambio de Información se verifiquen, es mayor el tiempo que se dedica.

Si, como resultado de la verificación mi SIRES no cumple con la NOM-024-SSA3-2012, ¿Cuánto tiempo tengo para realizar correcciones y solicitar una segunda evaluación?:
Tiene 60 días hábiles para realizar las correcciones necesarias, contados a partir de la fecha de inicio de la primera verificación. Una vez realizadas las modificaciones pertinentes y, posterior a 30 días hábiles (contados a partir de la entrega del informe de la primera verificación) podrá notificar a la DGIS o a la Unidad de Verificación acreditada y aprobada para que verifiquen nuevamente el sistema.
En caso de no hacerlo en el tiempo establecido, podrá iniciar un nuevo proceso de certificación, para lo cual deberá solicitar nuevamente el paquete informativo y elaborar una nueva solicitud de certificación.

¿Cuáles son los criterios considerados para la segunda verificación?:
Los criterios considerados serán únicamente los hallazgos y no conformidades que se hayan descrito en el informe de la primera verificación y detallados en cada uno de los formatos correspondientes, mismos que son entregados al solicitante al término de los trabajos de verificación.

¿Qué debo hacer, si como resultado de la segunda verificación mi SIRES no cumple con la NOM-024-SSA3-2012?
En caso de no cumplir nuevamente con lo establecido en la NOM-024-SSA3-2012 durante la segunda verificación, el solicitante podrá iniciar un nuevo proceso de certificación posterior a 30 días hábiles (contados a partir de la entrega del informe de la segunda verificación).

Una vez que ya tenga el dictamen de verificación, ¿Quién me expide el certificado correspondiente?:
La DGIS o en su caso el Organismo de Certificación realizará el proceso de certificación.

¿El certificado de la NOM-024-SSA3-2012 que información contendrá?:
El nombre del SIRES y/o del prestador de servicios de salud que lo implementa, la versión del SIRES, la(s) guía(s) bajo las cuales fue verificado y la vigencia del mismo.

¿Cuál es la vigencia del certificado?:
La vigencia es de dos años y queda sujeta a las verificaciones correspondientes por parte de la DGIS y, en su caso, de los organismos de certificación acreditados y aprobados, así como a la evaluación del sistema en el supuesto de que se le realicen modificaciones.

¿A quién puedo contactar en caso de tener más dudas o preguntas?:
A la Dirección General de Información en Salud, a los correos angel.serrano@salud.gob.mx y blanca.pinette@salud.gob.mx o al teléfono: +52 (55) 6392 2300 en las extensiones 52584 y 52577.

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Autor
Dirección General de Información en Salud
Última modificación:
Jueves 21 de septiembre de 2023